¿Se ha propuesto darle una nueva imagen a su casa o hacerla más confortable? Si es así, seguramente se haya preguntado si para esa pequeña modificación necesita pedir una licencia de obra menor o qué trámites burocráticos debe seguir para no recibir una sanción.
¿Cuándo se necesita un permiso de obra?
Cada ayuntamiento establece su propio procedimiento, pero, en líneas generales, existen dos tipos de licencias urbanísticas para reformas de viviendas:
Obras sencillas (de obra menor): son reformas de pequeña envergadura para las que no se necesita la supervisión de un arquitecto o ingeniero, pero sí el permiso del ayuntamiento para sacar los escombros y depositarlos en la vía pública.
Obras que precisan proyecto: se trata de reformas más complejas, por lo que se requiere la supervisión de un técnico o ingeniero y la tramitación de permisos más específicos.
¿Qué reformas requieren licencia de obra menor?
En primer lugar, debemos aclarar que prácticamente todas las obras menores requieren de una licencia, ya que es la única forma de informar al ayuntamiento de los trabajos que se van a desarrollar. Dicha información se efectúa a través de la denominada “comunicación previa de obras menores”.
Las reformas o mejoras que están sujetas a una comunicación previa son muchas, desde un cambio de ventana hasta una instalación de fontanería. No obstante, las ordenanzas municipales son las que tienen la última palabra a este respecto, de tal forma que una misma obra puede requerir de licencia en un municipio, y estar exenta de trámites con la administración en otro. Por ejemplo, para pintar su casa en Zaragoza tendrá que solicitar un permiso, mientras que si lo hace en Madrid no lo necesita.
Al margen de estas divergencias, existen algunos criterios que suelen coincidir en la mayoría de las regiones. Por ejemplo, si la reforma va a ejecutarse en edificios con algún tipo de protección o si la obra puede alterar la estructura del edificio, entonces sí será necesaria la licencia.
En cualquier caso, antes de acometer la reforma es aconsejable que se informe en su ayuntamiento si dicha obra está sujeta a una comunicación previa en su municipio.
Cómo tramitar la licencia de obra menor
La licencia de obra menor se puede solicitar en la oficina de atención a la ciudadanía del municipio que corresponda o, en muchos casos, por vía telemática.
Aunque las exigencias pueden variar de un ayuntamiento a otro, generalmente lo que se solicita es lo siguiente:
Impreso de la solicitud.
Plano de situación del edifico.
Memoria de las reformas que se quieren acometer.
Planos a escala del estado actual de la vivienda y del resultado una vez finalizada la reforma.
Presupuesto de reforma a precio de mercado.
Impreso de liquidación de las tasas con el sello de la entidad bancaria que confirme que han sido abonadas.
Licencia para reformas que precisan proyecto
Si la obra es de mayor envergadura y requiere la supervisión de un técnico, existen dos tipos de procedimiento de licencia: común y abreviado:
Procedimiento ordinario común: para obras de gran envergadura, rehabilitación de edificios protegidos, o cuando se pretenda cambiar el uso de un edificio.
Procedimiento ordinario abreviado: este tipo de licencia se solicita cuando la reforma incluye cambios en la estructura del edificio, por ejemplo: modificaciones en pilares o vigas.
Para tramitar esta licencia en sus dos modalidades se necesita:
Impreso de solicitud.
Impreso de liquidación de las tasas con el sello de la entidad bancaria que confirme que han sido abonadas.
Proyecto técnico redactado por técnico competente y, en caso de ser necesario, visados por el colegio profesional.
Hojas de encargo de dirección de obra.
Declaración por parte del técnico que haya realizado el proyecto de que dicha reforma cumple la ordenación urbanística aplicable, así como el certificado de viabilidad geométrica.
Declaración del promotor en la que indique que se ha colocado en el lugar de las obras un cartel en el que se informa de las características de la obra, así como de la solicitud de licencia.
Licencia para saco o contenedor de escombros
Ya sea una obra menor o una de mayor envergadura, lo que está claro es que los trabajos van a generar más o menos escombros. En este caso, es necesario solicitar una autorización para ocupar la vía pública con un saco o contenedor de escombros.
El tipo de autorización, así como la documentación a presentar o el importe a pagar, varía mucho en función del consistorio del que dependa. Lo habitual es rellenar la solicitud impresa, pagar la tasa y entregarlo en la oficina de atención al ciudadano que corresponda con, al menos, dos días de antelación.
¿Cuándo se necesita un permiso de obra?
Cada ayuntamiento establece su propio procedimiento, pero, en líneas generales, existen dos tipos de licencias urbanísticas para reformas de viviendas:
Obras sencillas (de obra menor): son reformas de pequeña envergadura para las que no se necesita la supervisión de un arquitecto o ingeniero, pero sí el permiso del ayuntamiento para sacar los escombros y depositarlos en la vía pública.
Obras que precisan proyecto: se trata de reformas más complejas, por lo que se requiere la supervisión de un técnico o ingeniero y la tramitación de permisos más específicos.
¿Qué reformas requieren licencia de obra menor?
En primer lugar, debemos aclarar que prácticamente todas las obras menores requieren de una licencia, ya que es la única forma de informar al ayuntamiento de los trabajos que se van a desarrollar. Dicha información se efectúa a través de la denominada “comunicación previa de obras menores”.
Las reformas o mejoras que están sujetas a una comunicación previa son muchas, desde un cambio de ventana hasta una instalación de fontanería. No obstante, las ordenanzas municipales son las que tienen la última palabra a este respecto, de tal forma que una misma obra puede requerir de licencia en un municipio, y estar exenta de trámites con la administración en otro. Por ejemplo, para pintar su casa en Zaragoza tendrá que solicitar un permiso, mientras que si lo hace en Madrid no lo necesita.
Al margen de estas divergencias, existen algunos criterios que suelen coincidir en la mayoría de las regiones. Por ejemplo, si la reforma va a ejecutarse en edificios con algún tipo de protección o si la obra puede alterar la estructura del edificio, entonces sí será necesaria la licencia.
En cualquier caso, antes de acometer la reforma es aconsejable que se informe en su ayuntamiento si dicha obra está sujeta a una comunicación previa en su municipio.
Cómo tramitar la licencia de obra menor
La licencia de obra menor se puede solicitar en la oficina de atención a la ciudadanía del municipio que corresponda o, en muchos casos, por vía telemática.
Aunque las exigencias pueden variar de un ayuntamiento a otro, generalmente lo que se solicita es lo siguiente:
Impreso de la solicitud.
Plano de situación del edifico.
Memoria de las reformas que se quieren acometer.
Planos a escala del estado actual de la vivienda y del resultado una vez finalizada la reforma.
Presupuesto de reforma a precio de mercado.
Impreso de liquidación de las tasas con el sello de la entidad bancaria que confirme que han sido abonadas.
Licencia para reformas que precisan proyecto
Si la obra es de mayor envergadura y requiere la supervisión de un técnico, existen dos tipos de procedimiento de licencia: común y abreviado:
Procedimiento ordinario común: para obras de gran envergadura, rehabilitación de edificios protegidos, o cuando se pretenda cambiar el uso de un edificio.
Procedimiento ordinario abreviado: este tipo de licencia se solicita cuando la reforma incluye cambios en la estructura del edificio, por ejemplo: modificaciones en pilares o vigas.
Para tramitar esta licencia en sus dos modalidades se necesita:
Impreso de solicitud.
Impreso de liquidación de las tasas con el sello de la entidad bancaria que confirme que han sido abonadas.
Proyecto técnico redactado por técnico competente y, en caso de ser necesario, visados por el colegio profesional.
Hojas de encargo de dirección de obra.
Declaración por parte del técnico que haya realizado el proyecto de que dicha reforma cumple la ordenación urbanística aplicable, así como el certificado de viabilidad geométrica.
Declaración del promotor en la que indique que se ha colocado en el lugar de las obras un cartel en el que se informa de las características de la obra, así como de la solicitud de licencia.
Licencia para saco o contenedor de escombros
Ya sea una obra menor o una de mayor envergadura, lo que está claro es que los trabajos van a generar más o menos escombros. En este caso, es necesario solicitar una autorización para ocupar la vía pública con un saco o contenedor de escombros.
El tipo de autorización, así como la documentación a presentar o el importe a pagar, varía mucho en función del consistorio del que dependa. Lo habitual es rellenar la solicitud impresa, pagar la tasa y entregarlo en la oficina de atención al ciudadano que corresponda con, al menos, dos días de antelación.
Vía: Hogar Mapfre
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