La cédula de habitabilidad es el documento que certifica que la vivienda que está comprando, o vendiendo, incluso, cumple con los requisitos mínimos de salubridad para que sea habitable. Estos requisitos dependen de cada comunidad, por lo que, si bien hay algunos genéricos, habrá algunas comunidades cuyos criterios sean más estrictos que en otras. Por otro lado, la licencia de primera ocupación es el documento que firma el Ayuntamiento en el cual está comprando la vivienda, y básicamente constituye el visto bueno para que pueda proceder a habitar la casa.
Son conceptos muy similares, pero no consisten en lo mismo. Voy a explicarle un poco cuáles son las principales diferencias entre ambos documentos, no ya solo para que sepa distinguirlos sino también para que tenga claro qué se le está solicitando en cada momento.
Cédulas de habitabilidad y licencias de primera ocupación
Como ya he mencionado, la cédula de habitabilidad es el documento que asegura que la vivienda es habitable. Esto puede sonar un poco redundante, pero este documento es lo que les servirá a terceros propietarios para tener la seguridad de que el piso que están comprando o alquilando cuenta con las condiciones necesarias para que se pueda vivir en él. Como leemos aquí, este documento es necesario para la compra de cualquier vivienda, y entre los requisitos que se solicitan entran la superficie útil mínima, en la que se registra cuán grande es la casa; los elementos con los que cuenta, ya que es obligatorio que incorporen cocina y baño; el número de ventanas, puesto que toda habitación debe contar con una a no ser que se trate del baño o del pasillo; y el acceso a agua corriente y otras funciones básicas de toda vivienda, entre otras cosas. Cada comunidad autónoma cuenta con unos requisitos distintos, pero estos son los más genéricos y los que valorará el arquitecto técnico que evalué la vivienda, ya que son ellos los que emiten las cédulas de habitabilidad.
Por otro lado, una licencia de primera ocupación la firma el Ayuntamiento del lugar en el que se sitúa su vivienda, y no consiste en la habitabilidad de la casa sino en el visto bueno de que usted, particularmente, viva en ella. Este documento es también necesario para poder contratar el agua, la luz o el gas, por lo que será de vital importancia que se haga con él. Ahora bien, la licencia de primera ocupación solo se otorga cuando el edificio es nuevo o relativamente reciente, ya que cuando la finca cuenta con cierta antigüedad pasa a considerarse segunda ocupación y tendrá que solicitar un documento distinto.
Independientemente de esto, ambos documentos deben solicitarlos los propietarios de la vivienda. Si está buscando un piso de alquiler, es el propietario quien debe contar tanto con la cédula de habitabilidad como con la licencia. Cuando alquile, tendrá que verificar que el dueño de la vivienda cuenta con esta documentación, pero no es usted quien ha de solicitarla.
Vía: Bricodecoracion.com
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